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viernes, 23 de septiembre de 2011

¿Quien protege nuestro Patrimonio Arquitectonico?.

En virtud de la legislacion y normativa aplicable, podemos decir que la  proteccion del Patrimonio Cultural,  es fundamentalmente competencia de la Comunidad autonoma, y de las Administraciones Locales y  se basa en la LPCA la LPHE y las diferentes normativas de los planeamientos y catalogos urbanisticos municipales.

¿El Patrimonio Arquitectonico, que administrativamente o juridicamente no forma parte en el Patrimonio Cultural, o que aun no ha sido incoada o tramitada su inclusion, debe fundamentar su proteccion en la conciencia social.?
Así pues es cada vez mas necesario llevar a cabo una labor divulgativa que ponga en valor la importancia del Patrimonio Arquitectonico, y la naturaleza de cada uno de sus Bienes.

viernes, 16 de septiembre de 2011

El vergonzoso caso del PALACIO DE LODEÑA


Foto Pañeda
Estos días uno de los Bienes de nuestro Patrimonio Cultural es noticia televisiva y se muestra indefenso en diferentes medios de comunicación como escenario de un poco edificante reality show.

El Bien, denominado Palacio de Lodeña, que forma parte del Patrimonio Cultural de Asturias, y de su Patrimonio Arquitectónico,  es ejemplo de casona, palacio rural o conjunto señorial, en el que se materializan los valores culturales merecedores de protección y usos propios de épocas pasadas en la Asturias rural: uso residencial representativo y explotacion agropecuaria. 

Actualmente, como se puede apreciar en esta fotografía que publica el periódico La Nueva España, el Bien presenta un estado vergonzante, no por su digna vejez, sino por sus muchos elementos discordantes y actuaciones inadecuadas, y por su mala conservación. En cualquier caso el Bien presenta una imagen inaceptable, y un estado lo suficientemente inadecuado como  para que no se publicite mas que para denunciarlo.

Es claro que en virtud de lo dispuesto en la legislación de aplicación y en la diferente normativa vigente, las Administraciones deben velar por el cumplimiento de los deberes de conservación del Bien por parte de sus propietarios, y deben adoptar las medidas  necesarias para la correcta conservacion y protección del mismo.

Teniendo en cuenta lo expuesto, la noticia pone de manifiesto, ventila y airea, la mala gestión de nuestro Patrimonio Arquitectónico, el estado de nuestros Bienes, la desidia de la propiedad y la ineficacia de la Administración.
Aunque la mala conservación de nuestro patrimonio, y su mal estado, es una situación muy generalizada, y difícil de resolver sin grandes medios economicos, parece que debería evitarse esta situación, en la que se enseñan sin pudor las vergüenzas del Bien y se le asocia a un producto mediatico cuestionable y acultural.
El Órgano competente en materia de Patrimonio Cultural, debería auxiliar al Bien afectado, adoptar las medidas oportunas y posicionarse en los medios de comunicacion explicitando la naturaleza del Bien, y las actuaciones protectoras adoptadas.   

A juicio de este arquitecto, debería exigirse a los propietarios del Bien la urgente adopción de cuantas medidas sean precisas para la correcta conservación del Bien, eliminando cuantos elementos discordantes alteren la correcta lectura de sus valores culturales, y el dinero que haya generado este asunto, o, si no fuera posible detener el bochornoso espectáculo, que genere, deberá ser empleado en la adecuada restauración, conservación y  adecuación del conjunto.

martes, 13 de septiembre de 2011

CONVENTO DE LAS AGUSTINAS RECOLETAS EN GIJON


EL CONVENTO DE AGUSTINAS RECOLETAS / ANTIGUA FABRICA DE TABACOS EN EL BARRIO HISTORICO DE CIMADEVILLA DE GIJON.



En refencia a las noticias publicadas ha de indicarse que este Bien edificado, junto con su parcela murada y sus espacios urbanos vinculados, mas allá de su naturaleza conventual primigenia, de sus trazas arquitectónicas, y de su implantación en el lugar, presenta un elevado interés cultural  teniendo en cuenta sus afecciones urbanísticas, económicas, sociales, y políticas.
En todo caso ha de indicarse que en líneas generales, en el Bien han prevalecer a priori, salvo situaciones puntuales, los valores merecedores de protección del inmueble conventual originario, consecuencia proyectual de la necesidad representativa y funcional de la Orden religiosa y de las posibilidades y características del lugar.
En todo caso la implantación en el lugar y la solución estética del inmueble originario, formalizan las necesidades sofisticadas de una organización social compleja, frente a los modificados utilitarios, las decisiones urgentes, y los añadidos dispares fruto de la actividad industrial, y de la adecuación del inmueble como fábrica de Tabacos.  
En cualquier caso, buena parte de los elementos de la época tabaquera han de considerarse actualmente elementos discordantes, a eliminar.
Igualmente muchas de las intervenciones y añadidos de este ultimo uso fabril, en la actualidad, no serian admisibles en ningún caso, y que de llevarse a cabo, tras los preceptivos expedientes sancionadores, deberían ser eliminados  recuperando los estados previos.

lunes, 12 de septiembre de 2011

HORREOS Y PANERAS. LA ENFERMEDAD DE LA CARENCIA DE USO


Los hórreos y paneras de Asturias sufren una enfermedad que urgentemente debe de ser diagnosticada con precisión, y tratada con las terapias adecuadas, para evitar su desaparición del hábitat como elemento caracteristico y vertebrador, o para dirigir con cautela la inevitable alteración o adecuacion de sus tipologías, y salvaguardar los valores merecedores de protección.

viernes, 9 de septiembre de 2011

CONVENTO DE AGUSTINAS RECOLETAS Y FABRICA DE TABACOS EN EL BARRIO DE CIMADEVILLA DE GIJON


 EL COMERCIO DE GIJON 09/09/11
JOSE CARLOS LOREDO "Es normal que un nuevo equipo de gobierno se replantee los proyectos heredados del anterior, sobre todo cuando exigen desembolsos de millones de euros. El plan urbanístico que afecta a la antigua fábrica de tabacos es ambicioso y ha sido objeto de reajustes. Hace tres años se habló de devolver al edificio el aspecto que tenía en el siglo XVII, como si su pasado conventual fuera más digno que su pasado industrial (dicho sea de paso, existe la leyenda de una monja fantasma en el interior).
Hace un año se habló de mantener la casa de los directores de la fábrica y construir sólo un edificio adicional en lugar de los dos previstos. Hace unos meses el concejal saliente advirtió sobre la dificultad financiera del proyecto. Ahora el nuevo gobierno municipal calcula que la dificultad es aún mayor y prefiere dejar las cosas en 'stand by', o sea, a la espera. El proyecto no se anula (sería un disparate), pero habrá que redimensionarlo a la baja. Fuera el grandonismo. Incluso podría peligrar uno de los objetivos principales de la reforma: la acogida de las obras de Nicanor Piñole, que además se ajusta los deseos de los albaceas del pintor.
En cualquier caso, hasta finales de año -elecciones nacionales mediante- no sabremos qué va a pasar con el museo de la Tabacalera. Puesto que los ciudadanos también estamos acostumbrados a esperar, esperemos dos cosas. Una: que si la modificación de la actuación urbanística es sustancial se escuche a los vecinos. Y dos: que no se rinda culto al hormigón y el resultado sea agradable a la vista. Porque en la ciudad hay bastantes ejemplos de feísmo rampante en rehabilitaciones y en edificios de nuevo cuño, algunos de ellos no muy lejos de la plaza de Arturo Arias."



 

Al respecto del articulo de JC LOREDO, Elena Trama Adad  hace el siguiente comentario:

El plan urbanístico que afecta a la antigua fábrica es el que afecta a todo Gijón: el pgo, ahora bien la “figura urbanística que se ha utilizado para que la antigua fábrica pueda ser museo es un plan especial.
El pasado industrial y el pasado conventual no tienen nada que ver con el estado del edificio, lamentablemente en el aspecto cultural o patrimonial durante los años que fue ocupado por la fábrica de tabacos se lleno de construcciones auxiliares :almacenes de escasa calidad , tendejones, uralitas, creo que lo de recuperar el edificio se refiere a eliminar estos elementos ajenos y desafortunados y no a la actividad en si, por otra parte tan característica de la Villa y tan protagonista en Cimadevilla
Grandonismo? Yo lo llamaría modificado y  sobrecoste.
La fábrica de tabacos se crea como museo de la ciudad y claro que se puede ser crítico ¿¿ qué contenido se espera?? ¿ qué es eso tan amplio de museo de la ciudad? Se refiere a urbanismo? Se refiere a historia?  Se refiere a??? la modificación del proyecto se debía imagino a que dentro de ese contenido abstracto incluso inexistente  previsto; si se logra llevar la colección Piñole ya el contenido es algo tangible, vendible al publico, justificable al fin. Pero no puede ser sin más debido a la condición impuesta por Enriqueta Ceñal Costales, viuda de Nicanor Piñole, para la donación a Gijón de la obra de su marido y no es otra que los cuadros estuvieran en un edificio exclusivo para tal cometido y no en un edificio pinacoteca general. Quizás es por lo que se modifica el proyecto para intentar cumplir esa condición y ampliar el museo con un sótano y si se llama nuevo edificio cumplimos y está. El problema es que si estuviésemos en bonanza económica se aprovecha y se realiza pero en una gran época de crisis como estamos no sólo es mucho dinero sino que además NO LO HAY .
La vanalidad de que no se rinda culto al hormigón ¿ y al aplacado pseudoceramico ¿ ¿ y a y que sea agradable a la vista ¿ y qué ocurre cuando la vista no está educada??  Cuando está acostumbrada a la soez grosería que se impone en la ciudad? ¿Por qué protestamos por los edificios públicos y somos capaces de pagar lo que no tenemos por viviendas-ratoneras cuyos interiores son deprimentes además de inútiles y sus fachadas terminadas con materiales obsoletos, que ni siquiera superarían los mínimos establecidos para viviendas sociales en los años 50 del pasado siglo , viviendas con barreras para la vida, edificios nocivos para la salud, timos en definitiva……….y todos callados……… Y por último ¿ que es feismo? no me ha gustado mucho este artículo, si realmente creo que me ha hinchado una vena importante porque en tan pocas líneas no se puede meter tanta paja, a tenor del mismo defino feísmo: un huevo colgando y otro lo mismo.

elena Trama Abad,


jueves, 8 de septiembre de 2011

REGISTRO DE BIENES PROTEGIDOS

LA PROTECCION DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO, Y CULTURAL, DE ASTURIAS. II PARTE.
La Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural, (LPCA) establece para la adecuada gestión del Patrimonio Cultural, que la administración autonómica debe desarrollar el “Registro de los Bienes protegidos en la normativa urbanística municipal” incluyendo en él los Bienes indicando el nivel de Protección a que se ven sometidos.
El punto 5 del artículo 27 denominado “Catálogos urbanísticos de protección de bienes integrantes del patrimonio cultural” de la citada ley LPCA dice textualmente lo siguiente:
El Principado de Asturias recogerá e incorporará en un Registro común el conjunto de los bienes protegidos en la normativa urbanística de los concejos por su interés cultural, con indicación de su nivel de protección.

Al igual que en el caso del Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias que comentamos en otro escrito, la administración del Principado de Asturias, al dia de hoy, tras mas de una década de la entrada en vigor de la LPCA, aun no ha desarrollado un “Registro de Bienes Protegidos”, de tal forma que la protección del Patrimonio Cultural, (formado principalmente por elementos del Patrimonio Arquitectónico), carece de una herramienta fundamental para múltiples y variadas cuestiones.

El Registro parece imprescindible para poder valorar a nivel autonomico la dimension, y calidad de los Bienes protegidos en su territorio, para detectar anomalías, carencias, etc…, y en todo caso para poder ponderar y aclarar las competencias de cada administración en la materia.