Lne.es 30/07/11
La juez permite reedificar una casa a 39 metros de Santa María del Naranco. La parcela, cuya edificabilidad reconoce el PGOU, estaba destinada a la expropiación en el fallido plan de protección del Prerrománico.
Dentro del Patrimonio Cultural el Patrimonio Arquitectónico presenta un interés excepcional en tanto se formaliza en Bienes, que como fruto de la necesidad primigenia humana de habitar, son consecuencia mayúscula del ingenio colectivo, símbolo de la sociedad de cada época y continente o contexto de los otros patrimonios.
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